Artículo 25: Se entiende por cambio de carrera, la oportunidad que se ofrece al estudiante, debidamente inscrito en la Universidad Fermín Toro, para cursar una carrera diferente, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.
Artículo 26: El estudiante que aspire cambio de carrera, debe presentar solicitud por escrito, acompañada del comprobante de pago del respectivo arancel, ante la Dirección de Escuela, para la cual desea el cambio; en la semana 15 para régimen semestral y semana 31 para régimen anual, según calendario académico.
Parágrafo Único: La Dirección de Escuela remitirá expediente a la comisión de equivalencia, para su respectivo estudio.
Artículo 27: La comisión de equivalencia dispone de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, para emitir el respectivo informe a la Dirección de Escuela. La Dirección de Escuela notificará por escrito, a la Dirección de Control de Estudio y al estudiante, para que éste formalice su inscripción.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario